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Descarbonizar la economía española, principal objetivo de la Ley 7/2021 de cambio climático


Entra en vigor la nueva Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética que tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos nacionales asumidos en materia de renovables, eficiencia energética y de reducción de emisiones previstos en el Acuerdo de París de 2015, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) y la Estrategia de Descarbonización a 2050 de la Economía Española.

La Ley propone como principal meta facilitar la descarbonización de la economía española y su transición a un modelo circular que garantice el uso racional de los recursos, así como la adaptación al cambio climático y la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere empleo de calidad y contribuya a la reducción de las desigualdades.

Entre las novedades respecto a la reducción de emisiones y el uso de energías renovables, el texto establece como objetivo la reducción de las emisiones del conjunto de la economía española en el año 2030 en al menos un 23% en comparación con el año 1990, además de alcanzar la neutralidad climática a más tardar en el año 2050.

Para el año 2030 deberá alcanzarse además una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 42%, un sistema eléctrico con, al menos, un 74% de generación a partir de energías de origen renovable, además de mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 39,5% con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria.

El texto, que recoge tanto las políticas de adaptación, como la necesidad de definir un sistema de indicadores de impactos y adaptación al cambio climático, trata de combatir asimismo el elevado endeudamiento de empresas que desarrollan actividades reguladas como el transporte, la distribución de gas natural y electricidad.

Por otro lado, es importante mencionar el aprovechamiento del dominio público hidráulico no fluyente para la generación de energía eléctrica en las nuevas concesiones, ya que tendrá como prioridad el apoyo a la integración de las tecnologías renovables no gestionables en el sistema eléctrico, promoviendo en particular las centrales hidroeléctricas reversibles. Esta previsión guarda una estrecha conexión con la regulación del almacenamiento de electricidad que deberá proponer el Gobierno en un plazo de 12 meses.

Como ejemplo de la voluntad de alejarse del modelo de los combustibles fósiles, dispone el texto que no se otorgarán nuevas autorizaciones de exploración, permisos de investigación y concesiones de explotación de hidrocarburos en todo el territorio nacional.

En otro orden de cosas, la nueva Ley incorpora un mandato al Gobierno para que fomente la penetración de biocarburantes y gases renovables (e.g. hidrógeno verde o biogás). Esta previsión se encuentra vinculada con la próxima regulación que debe promoverse sobre esta materia que – sin lugar a dudas – debería incentivar el uso industrial directo de los gases renovables o su empleo para soluciones de movilidad, así como su inyección en la red de gas natural.

La movilidad es uno de los aspectos más destacados de mayor incidencia práctica a corto plazo de la nueva Ley. Se establecen medidas para alcanzar en 2050 un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2, así como una variedad de medidas tendentes a promover el despliegue de infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos. Los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares deben adoptar planes de movilidad urbana sostenible coherentes con los planes de calidad del aire dentro de los plazos previstos en la norma.

En materia de contratación pública, se prevé la inclusión de criterios de adjudicación vinculados con la lucha contra el cambio climático y de prescripciones técnicas particulares que establezcan la necesaria reducción de emisiones y de la huella de carbono.

Es llamativo también el énfasis puesto en la educación.  El Gobierno revisará el tratamiento del cambio climático y la sostenibilidad en el currículo básico de las enseñanzas del sistema educativo de manera transversal; promoviendo incluso que las universidades revisen el tratamiento del cambio climático en sus planes de estudios.

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